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El Contrato de Arrendamiento con Garantía de Alquiler

Blog Inmobiliario  16-04-2009

La “Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad”, un organismo español independiente de arbitraje institucional, ofrece la suscripción de contratos de alquiler que, en caso de conflicto entre el arrendador y el arrendatario, incluyen el sufragar los gastos jurídicos y asegura una sentencia firme de obligado cumplimiento en un plazo máximo de 30 días.

El contrato de arrendamiento con “Garantía de Alquiler” logra la formalización de 500.000 contratos, según informaciones ofrecidas por la “Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad”, un organismo español independiente de arbitraje institucional creado en 1999.

Esta institución privada ofrece suscribir contratos de alquiler que contienen una disposición que asegura, en caso de conflicto entre el arrendador y el arrendatario, una sentencia firme de obligado cumplimiento en un plazo máximo de 30 días. El organismo incluye en el precio de suscripción del contrato de alquiler todos los costes legales de representación letrada que se puedan derivar del proceso.

Las ventajas que ofrece este tipo de contrato a los arrendadores es la posibilidad de obtener una sentencia en un tiempo récord, si tenemos en cuenta que la Justicia ordinaria tarda una media de nueve meses en resolver un juicio de desahucio además del indudable ahorro en los costes de abogado implícitos en estos casos.

La “Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad” ha resuelto, según fuentes de la misma, más de 20.000 conflictos de arrendamientos de los cuales el 97% se debían a impagos por parte del arrendador.

 

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